La Comunidad Valenciana se sitúa en la media nacional en el impuesto de sucesiones
En el cálculo de este impuesto hay que tener en cuenta la base imponible, las deducciones y las bonificaciones
El impuesto de sucesiones es uno de los impuestos transferidos. Junto con patrimonio, juego o hidrocarburos, entre otros, forma parte de los que se gestionan de manera directa por cada comunidad autónoma. Conocer cómo se calcula y los beneficios fiscales sirve para planificar el futuro de tu patrimonio.
Es uno de los impuestos más polémicos. Por un lado, muchos piensan que se está pagando por algo que nuestros familiares ya pagaron en vida. Por otro lado, las diferencias de tributación y bonificaciones entre comunidades hacen que por lo mismo, haya que pagar mucho más dependiendo de donde vivía el fallecido.
¿Qué ocurre en la Comunidad Valenciana? La Comunidad Valenciana se sitúa en la media nacional en el impuesto de sucesiones. Para realizar el cálculo hay que tener en cuenta dos aspectos:
- Importe total a percibir. Es decir, la base imponible. Es el resultado del valor de los bienes (inmuebles, dinero, joyas, …) menos las deudas y cargas existentes.
- En el caso de la Comunidad Valenciana son las siguientes:
- Por parentesco o adoptados menores de 21 años, deducción de 100.000 euros. A ellos se le restan 8.000 euros adicionales por cada año menor de 21 años. El importe no debe superar los 156.000 euros.
- Descendientes y adoptados mayores de 21 años, ascendientes, cónyuges, parejas de hecho, deducción de 100.000 euros.
- Primos, parientes lejanos o personas sin consanguineidad, sin deducción.
- Si el heredero tiene una minusvalía se le aplica una reducción por discapacidad. Con un grado de minusvalía (física o sensorial) igual o superior al 33% se aplica una deducción de 120.000 euros. Si tiene una discapacidad psíquica (33%) o física o sensorial superior al 65% se aplica una deducción de 240.000 euros.
- Existe una reducción del 95% del valor de la vivienda habitual del difunto de hasta 150.000 euros siempre que se mantenga durante los 5 años siguientes al fallecimiento.
- Por transmisión de empresa o de participaciones. La reducción es del 99% de valor de la empresa, explotación agrícola o participaciones.
- Por transmisión de patrimonio histórico artístico, siempre que sean cedidos para su exposición. La reducción será del 95%, 75% o del 50% del valor del bien, en función del periodo de cesión del mismo.
Aplicadas las deducciones a la base imponible se obtiene la base liquidable. Sobre ella hay que aplicar el tipo aplicable que va desde el 7,65% hasta el 34% en función de la cantidad heredada. Y en función del patrimonio prexistente también se aplica un coeficiente multiplicador que va desde el 1% hasta el 2,4%. Así obtenemos la cantidad del impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana.
Sin embargo no es el último paso de este cálculo del impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana. Hay que tener en cuenta que existen bonificaciones que pueden reducir más la cuantía total.
- Descendientes o adoptados menores de 21 años: bonificación de un 75% de la cuota tributaria.
- Descendientes o adoptados mayores de 21 años, ascendientes, cónyuges o pareja de hecho: bonificación de un 50% del impuesto de sucesiones.
- Si el heredero tiene una discapacidad física o sensorial (65%) o psíquica (33%): bonificación del 75%. La aplicación de esta bonificación excluye la de grado de parentesco.
- Procesos de reestructuración parcelaria, pública y privada, previstos en la Ley 5/2019: bonificación del 99% de la cuota del impuesto de sucesiones en los fallecimientos producidos desde el 7 de marzo de 2019.
Cómo se puede comprobar, no es un trámite sencillo. Por ello, para un buen asesoramiento y planificación fiscal y tributaria en Castellón o para analizar los aspectos de las sucesiones en la empresa familiar es importante contar con un buen equipo de abogados.
Como Ibañez y Ferrandis, expertos tanto en el asesoramiento y planificación fiscal y tributaria en Castellón como en temas de sucesiones en la empresa familiar, entre otros aspectos. Podemos ayudarte con todas las dudas que te surjan en el trámite del impuesto de sucesiones. O con otros aspectos de fiscalidad o mercantil.

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